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Reforma judicial y equidad de género: todos los detalles sobre la nueva Constitución de La Rioja

El dictamen mayoritario aboga por una modificación que amplíe el número de miembros del Tribunal Superior de Justicia, incluyendo la paridad de género como un principio fundamental.

 

En la Convención Constituyente de La Rioja, el dictamen de mayoría impulsado por el Partido Justicialista (PJ) propone una reforma significativa en la estructura del Tribunal Superior de Justiciaaumentando sus miembros de cinco a siete y, al mismo tiempo, asegurando la paridad de género. Esta iniciativa generó oposición por parte de la Unión Cívica Radical (UCR), que también cuestiona otros cambios propuestos.

El dictamen mayoritario aboga por una modificación que amplíe el número de miembros del Tribunal Superior de Justicia, incluyendo la paridad de género como un principio fundamental. Además, establece que los jueces de rangos inferiores tendrán un periodo de diez años en sus cargos, con la posibilidad de reelección indefinida, siempre y cuando mantengan buen comportamiento y no sean sometidos a un jury de enjuiciamiento. Asimismo, propone que los jueces se jubilen al cumplir 70 años.

Desde el radicalismo expresaron su descontento al indicar que estos cambios alteran significativamente lo establecido. «Falta que se vote en la comisión, pero es el dictamen que presentó la mayoría», señalaron, anticipando que, debido a la mayoría oficialista, la aprobación es muy probable. Ante esta situación, la UCR no descarta judicializar los cambios propuestos, argumentando que podrían no adecuarse a los parámetros de la reforma.

El proceso de reforma tiene un plazo final establecido de un año, con la Convención Constituyente asumiendo funciones el 22 de julio del año pasado y con fecha límite el 22 de julio de este año. En este sentido, aún faltan discutir cinco capítulos en la sesión pendiente, lo que completaría el temario, además del preámbulo.

Otro punto de controversia es la cláusula transitoria relacionada con la reelección del gobernador. La UCR ha planteado la inclusión de una cláusula que aclare que el actual mandato de Ricardo Quintela es el segundo, citando la Reforma de 2008 que consideraba el primer periodo de Beder Herrera como tal. «Si es como él dice que no va por otro mandato, que incluyan esa cláusula, nos dijeron que no lo van a discutir», afirmaron desde el radicalismo. Además, el artículo 120 promueve la paridad de género en las fórmulas gubernamentales, pero no la establece como una obligación.

Equidad de género 

Durante la 10° Sesión de la Convención Constituyente de la provincia de La Rioja, se aseguró la equidad de género como un capítulo en la Constitución, con el objetivo de lograr la paridad política y eliminar las barreras estructurales que impiden el acceso a las mujeres a cargos electivos e institucionales dentro del Estado provincial. De esta manera, se busca garantizar la participación de las mujeres y las minorías en la vida política de la provincia.

La convencional constituyente por el departamento Rosario Vera Peñaloza y presidenta de la comisión de Derechos Humanos, Shirley Pesce, expresó al respecto: «Hemos modificado cuatro artículos de la Constitución e incorporamos nueve nuevos artículos que tienen que ver con derechos humanos, derechos fundamentales y de cuarta generación. En esas modificaciones y nuevos derechos, se trabajó en lo que fue la reforma de un artículo, que es el 21, sobre igualdad y no discriminación», e indicó que se decidió la inclusión de un nuevo artículo, que es el de Principio de Paridad de Género«Habla de establecer ese principio en la integración de cargos electivos, provinciales y municipales, promoviendo medidas que garanticen el efectivo cumplimiento».

Con respecto a la inclusión de este nuevo artículo, la convencional constituyente manifestó: «Me parece importante destacar que este artículo se incluye para afianzar los derechos políticos de las mujeres, y asegurar que sus voces y sus perspectivas sean consideradas en la toma de decisiones». Además, Pesce resaltó: «Esto se definirá a partir de la incorporación de esta norma, con medidas específicas tendientes a promover la participación de las mujeres en la política, eliminando las barreras estructurales que, históricamente, impidieron el acceso de las mujeres a cargos que derivan en espacios de poder y decisión».

 

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