
La Subsecretaría de Gestión Previsional intimó a trabajadores a iniciar el proceso en 10 días hábiles, bajo pena de suspensión de beneficios económicos y eventual baja laboral.
Detalles de la notificación
- Requisitos y plazos:
- Los empleados de la Municipalidad de Chilecito que cumplen con los requisitos de edad y años de servicio (Ley 24.241 y Ley Provincial 10.784) deben iniciar el trámite jubilatorio en 10 días corridos desde la notificación.
- Deben presentarse en la oficina de Gestión Previsional (calle Timoteo Gordillo y Gobernador Gordillo, ex clínica Amilar) en horarios de 8:30 a 12:30 y 18:30 a 21:00.
- Consecuencias por incumplimiento:
- Suspensión de la «Quincenita»: Beneficio económico establecido por el Decreto 880/07, que será reintegrado solo al acreditar el inicio del trámite.
- Baja laboral: Si en 3 meses no se certifica el inicio del proceso, el empleado será dado de baja, salvo que demuestre que la demora no es su responsabilidad (en cuyo caso se otorgará una prórroga).
Contexto legal
- Art. 19° de la Ley 24.241: Establece los requisitos para acceder a la jubilación ordinaria.
- Ley Provincial 10.784: Modifica el Decreto Ley 3870/79 y regula los plazos y obligaciones para el trámite jubilatorio en La Rioja.
Próximos pasos
Los empleados afectados deben:
- Verificar su legajo personal en la Municipalidad de Chilecito.
- Comparecer dentro del plazo para evitar la suspensión de beneficios.
- Acreditar el inicio del trámite ante la Subsecretaría de Gestión Previsional.
¿Impacto laboral? La medida busca agilizar las jubilaciones, pero podría generar tensión entre empleados y la administración municipal. Se recomienda asesoramiento legal para casos de controversia.

