Córdoba aprobó la ley de Ficha Limpia
De esta manera, la nueva normativa impedirá que los candidatos que tuvieran condenas confirmadas en segunda instancia puedan postularse para ocupar cargos públicos.
La legislatura de Córdoba aprobó, en general y en particular, el proyecto de ley de Ficha Limpia con 65 votos a favor. De esta manera, la nueva normativa impedirá que los candidatos que tuvieran condenas confirmadas en segunda instancia puedan postularse para ocupar cargos públicos.
El texto aprobado – y que entrará en vigencia – surgió de los proyectos legislativos presentados por la diputada radical, Brenda Agustín, y los integrantes del bloque de Hacemos Unidos por Córdoba, Victoria Busso, Julieta Rinaldi, María del Rosario Acevedo e Ilena Quaglino. La aprobación en la legislatura cordobesa se da luego de que, a nivel nacional, el proyecto de Ficha Limpia no obtuviera quorum para ser tratada en las dos sesiones convocadas por la Cámara de Diputados de la Nación.
Tras la votación en el recinto, Córdoba se convirtió en la 8va provincia en aprobar un proyecto de ley de Ficha Limpia, que limite el acceso a los cargos electivos para aquellas personas que estén condenadas por delitos penales.
De esta manera se suma a Chubut, Jujuy, Mendoza, Rio Negro, Salta, Santa Fe y San Juan. Además de aprobar la nueva normativa, el proyecto también produjo modificaciones en los artículos de la Ley N° 9.571, que establece el Código Electoral Provincial, y la Ley N° 9.572, que enmarca el Régimen Jurídico de Partidos Políticos. Así, los cambios aprobados en los requisitos no solo afectarán a los candidatos a cargos públicos en representación de un partido o fuerza política sino que también afectará a aquellos funcionaros que se postulen en los poderes Ejecutivo, Legislativo o Judicial.
Así, cualquier aspirante que posea una “sentencia condenatoria que haya sido confirmada por sentencia dictada por el tribunal de instancia ulterior, por vía recursiva o impugnativa, ordinaria o extraordinaria de conformidad a las normas procesales que resulten de aplicación”, será inhabilitado para ocupar el cargo.
Se espera que la nueva normativa entre en vigencia e impacte en las elecciones legislativas provinciales que se celebrarán en 2025. La diputada Busso, una de las impulsoras del proyecto, sostuvo que: “la idoneidad es una condición exigible no solo para quienes son elegidos por el pueblo o por quienes aspiran a integrar cuadros partidarios, sino que es una condición para quienes tuvieron el honor de ocupar un cargo público al servicio de los ciudadanos”