La Cámara Tercera en lo Criminal y Correccional de la Primera Circunscripción Judicial con sede en la Capital, en la sala unipersonal a cargo de la Jueza Dra. Sara Alicia López Douglas, resolvió declarar culpable a Maycol Ezequiel Guiñazú como autor penalmente de lesiones leves calificadas, y condenándolo a la pena de dos años de prisión de cumplimiento efectivo.
El hecho que se imputa sucedió en el mes de mayo del año 2023, en circunstancias que relata la víctima, la cual denuncia a Guiñazú, quien la acosó durante toda la jornada mencionada, arrojándole piedras a su vivienda, agrediéndola físicamente con un látigo y verbalmente tanto a ella como a su hermana.
Esta historia de hostigamiento no era nueva para la parte denunciante, desde el año 2019 ya había estado sufriendo acosos por parte del imputado. Este conjunto de sucesos, evidenció un patrón de violencia y acoso que llevó a la víctima, a buscar ayuda legal para protegerse de este agresor, que le causo temor y ansiedad en su vida cotidiana.
La calificación legal de este hecho, encuadra en el delito de lesiones leves calificadas por mediar violencia de genero. En ese sentido, el acusado ante el Ministerio Publico Fiscal, manifestó que actuó libre en su determinación, de forma voluntaria que consentía el procedimiento de juicio abreviado. Seguidamente la Sra. Jueza interrogó al acusado si tenía algo más que manifestar previo a cerrar la audiencia a lo que el acusado no manifestó nada
Finalmente, la Magistrada con todas las pruebas incorporadas al proceso, resolvió declarar culpable a Maycol Ezequiel Guiñazú, como autor penalmente responsable del delito de lesiones leves calificadas por mediar violencia de género y condenarlo a la pena de dos años de prisión de cumplimiento efectivo. Asimismo, se dispone una serie de medidas de restricción, cuya vigencia comenzara a partir de que el condenado recupere la libertad